Una evaluación de impacto permite dimensionar la magnitud del efecto de un programa o de una política determinada y conocer estadísticamente la incertidumbre sobre dicho estimado. Este proceso permite generar evidencias robustas sobre qué funciona y qué no funciona y facilita estudiar cómo mejorar para poder optimizar los resultados del programa o de la política concreta.
Muchas de las personas que han trabajado conmigo saben que me gusta trabajar con cifras que evidencien nuestras acciones porque se convierten en un medio para informar al público y promover la apertura a través de la rendición de cuentas y, de esta manera, podemos ofrecer evidencias sólidas y creíbles del trabajo realizado.
Cuando hablamos de políticas LGTBI, la evaluación de impacto por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género, estamos intentando calibrar, dimensionar y conocer los efectos de una determinada política pública en el acceso de las personas LGTBI a los recursos, en su representación en la esfera pública y privada y, en definitiva, en la reducción o ampliación de las brechas existentes.
Ahora bien, a la hora de abordar esta evaluación debemos tener en cuenta una serie de cuestiones que no siempre son tenidas en cuenta, como son la importancia de la evaluación en sí misma, el análisis y la revisión teórica de la diversidad LGTBI y el marco normativo en el que se encaja.
En Aragón, el Servicio de Igualdad de la Dirección General de Igualdad y Familias tiene entre sus competencias el impulso y desarrollo de la aplicación transversal del principio de igualdad de trato y no discriminación en el ámbito de actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma y, en este contexto, publicó hace no mucho tiempo un Manual para la evaluación de impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género, elaborado junto al Colectivo Towanda, en el que nos da pautas para evaluar dicho impacto en el marco de las leyes aragonesas Trans y LGTBI.
Y, es que, no nos podemos olvidar de que cuando nos disponemos a evaluar, comenzamos un proceso integral de medida, análisis e interpretación encaminado al conocimiento de una intervención pública que permita alcanzar un juicio valorativo, basado en evidencias, respecto a su diseño, puesta en práctica, resultados e impactos. Y en los informes de impacto por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género estamos ante una evaluación ex ante (previa a la implementación de la política pública concreta) y de impacto (el comportamiento del que puede decirse que ha sido influido por algún aspecto del programa o de la política pública).
La evaluación de impacto en las políticas públicas LGTBI
La evaluación de impacto es un instrumento de mejora que realiza un análisis ex ante de la política LGTBI poniendo el foco en el impacto que tendrá la futura política, en este caso sobre la igualdad de las personas LGTBI, y que garantice la integración del principio de igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género.
De manera general, estos informes ya se vienen realizando desde hace unos años por parte de muchas administraciones públicas en el marco de la igualdad de género, no así de la diversidad LGTBI. Y es que muchas administraciones públicas no elaboran informes o los que elaboran no están acompañados de indicadores en materia de diversidad LGTBI, con mecanismos y medidas destinadas a paliar y neutralizar los posibles impactos negativos que se detecten sobre las vidas de las personas LGTBI y nuestras familias o acciones tendentes a reducir o eliminar las discriminaciones encontradas, promoviendo la igualdad y no discriminación.
Pero, claro, si esos informes de evaluación de impacto no están recogidos por ley, las administraciones públicas no se sienten en la obligación de implementar una herramienta que les permita conocer las posibles consecuencias en sentido negativo o positivo sobre la vida de las personas LGTBI y nuestras familias de la producción normativa emitida desde las administraciones.
Para poder llevar a cabo políticas públicas efectivas en materia LGTBI debemos contar con instrumentos de mejora como éste porque nos va a permitir conocer si una política pública concreta aumentará o reducirá las posibles brechas en ámbitos como el laboral, el sanitario o el educativo, -por ejemplo-; si incrementará o reducirá la posibilidad de acceso a bienes y recursos de las personas LGTBI y nuestras familias o si facilitará nuestra participación en el ámbito público.
Sabemos que no todas las políticas cuentan con una evaluación de impacto porque son costosas y porque no existe, quizás, una voluntad clara para priorizarlas. Por ello, creo importante definir si la política a evaluar es innovadora, replicable y transferible, en el marco de una estrategia pertinente, que – a priori – nos haga pensar que los resultados que obtendremos serán influyentes para tomar decisiones fundamentales sobre políticas.
Desde hace ya unos cuantos años, participo con diferentes Administraciones Públicas en la implementación de evaluaciones de impacto que están contribuyendo rápidamente a generar una base de evidencia global sobre el desempeño de una amplia gama de reformas de programas y políticas LGTBI y que constituyen una base de conocimiento sumamente relevante para el diseño de las mismas. Por eso, yo también ofrezco aquí mis servicios porque estoy convencido de que el cambio a una sociedad más igualitaria es posible. ¡Cuenta conmigo para construir algo fantástico!